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SUSCRIBIRSEEste artículo es parte de la edición de abril, 2021
Requisitos para la certificación en avicultura ecológica a partir de 2022
A partir del 01/01/2022 se aplicará una nueva reglamentación a la producción y comercialización de productos ecológicos, que deberá ser tenida en cuenta, tanto para el diseño de nuevos proyectos avícolas, como para adaptar las explotaciones existentes en la actualidad.
Esta nueva normativa tiene como base el Reglamento UE 2018/848 y está complementada por otros reglamentos, algunos de los cuales se encuentran en proceso de publicación. El tamaño de los lotes de cría se encuentra limitado en todas las producciones. En ponedoras podrían convivir un máximo de 3.000 aves, mientras que en el caso de pollos de engorde serían 4.800, y 2.500 en el caso de los pavos. Sin embargo, se podrían criar varios lotes en una misma explotación.
El sistema de alojamiento debe ser en estabulación libre, con acceso a parques cubiertos de vegetación diversa, atractivos y accesibles en su totalidad, donde los animales encuentren refugio y alimento. Por tanto, no sería posible ofrecerles sólo un parque sembrado de hierba – y mucho menos un terreno sin vegetación – sino que debería incluir arbustos y/o árboles como ambiente ideal. Se debe prestar especial cuidao a no provocar una concentración excesiva de deyecciones en determinadas zonas, realizando un adecuado manejo – limpieza, siembras, bebederos, etc -.
La superficie mínima de parque es de en 4 m2/ave para gallinas y pollos, 10 m2 para pavos y 15 m2 para ocas. Pero se debe tener en cuenta que la distancia desde la nave hasta el punto más lejano del parque no podría exceder en ningún caso de 350 m si se cuenta con refugios naturales o artificiales. En caso contrario esta distancia no podría superar los 150 m.
Conviene no olvidar que en este tipo de producciones está prohibido realizar tratamientos colectivos con medicamentos distintos a las vacunas, salvo para la curación de animales enfermos, en cuyo caso los productos no podrían ser comercializados como ecológicos hasta pasado el doble del tiempo de espera – 48 horas, si no tuvieran tiempo de supresión -.
El diseño debe ser por tanto muy cuidadoso y generoso en todos sus aspectos, de manera que los animales encuentren el máximo bienestar sin tener que competir por los recursos, lo que podría dar lugar al temido picaje-canibalismo y al desarrollo de procesos parasitarios, respiratorios o intestinales.
“La distancia desde la nave hasta el punto más lejano del parque no podría exceder en ningún caso de 350 m si se cuenta con refugios naturales o artificiales. En caso contrario esta distancia no podría superar los 150 m.”
“El tamaño máximo de explotación se ha fijado en 1.600 m2 de superficie cubierta construida, excepto en ponedoras, donde no hay fijada una limitación hasta el momento.”
El tamaño de las naves depende de la superficie mínima de cubierta exigida por animal, admitiéndose los sistemas multinivel con hasta 3 pisos. Para ponedoras es de 6 m2/ave, mientras que en el caso de los pollos, pavos o gansos es de 21 kg PV/ m2 para gallineros fijos.
En caso de incluir porches como prolongación de las naves, esta superficie se considerará zona cubierta. Se admiten tanto sistemas de ventilación natural como forzada. El tamaño máximo de explotación se ha fijado en 1.600 m2 de superficie cubierta construida, excepto en ponedoras, donde no hay fijada una limitación hasta el momento.
En sistemas de nave fija y tamaños máximos de lote, ello significa un máximo de 3 a 4 naves-lote. Es decir, no se podrían certificar “macrogranjas” ecológicas de carne bajo el mismo código de explotación. También es necesario tener en cuenta que estas granjas deberán autoproducir al menos el 30% de su alimentación, que debe ser íntegramente con alimentos ecológicos.
Ello puede hacerse en terrenos del propio titular o suscribiendo acuerdos de colaboración con agricultores de la misma región, a los que se podrá destinar parte de la gallinaza. Cuadro resumen de requisitos para la certificación de granjas ecológicas
Lote máximo | Nave o aviario | Equipos | Parques | Norma |
TODAS LAS ESPECIES Y PRODUCCIONES | ||||
El porche no se considera parte de la nave (1.6.5) > 1/3 suelo liso sólido con cama, arena o turba 8 horas descanso nocturno sin luz artificial | Acceso > 1/3 de la vida del animal Cubiertos de vegetación en su mayor parte Incluir los bebederos adecuados (1.9.4.4.g) | R.2018/848 (Anexo II. Parte II) | ||
Trampillas 4 m/100 m2 (+ rampas si están elevadas) Trampillas gallinero a porche 2 m/100 m2 (A15.2.b) Compatible multinivel (suelo +2) con recogida de heces, fácil movimiento e inspección (A15.3.4) | Atractivos y totalmente accesibles (A16.1) Amplia gama de plantas (A16.3) Refugios o arbustos o árboles distribuidos a lo largo de toda la zona para que la utilicen de forma equilibrada Mantenimiento para evitar exceso de deyecciones (A16.5) Distancia < 150 m desde las trampillas al final del parque (hasta 350 m si hay >4 refugios/ha distribuidos adecuadamente) (A16.6) | R.2020/464 | ||
PONEDORAS | ||||
3.000 ponedoras 10.000 pollitas | 6 aves/m2 cubierta | 18 cm/ave de aseladero 1 nido/7 aves ó 120 cm2 (comunal) | 4 m2 (2.500 gallinas/ha) | R.2020/464 |
AVES DE ENGORDE | ||||
1.600 m2 totales/ granja (unidad de producción) (1,9.4,4.m) | R.2018/848 (Anexo II. Parte II) | |||
POLLOS | ||||
4.800 pollos 2.500 capones 4.000 pulardas | 21 kg PV/ m2 cubierta 30 kg PV/ m2 para gallineros móviles de hasta 150 m2 | 5 cm/ave de aseladero 25 cm2/ave lugar elevado (Anexo I. Parte IV.4 y 5) | 4 m2 gallineros fijos (2.500 pollos/ha) 2,5 m2 gallineros móviles (4.000/ha). No aplicable a capones o pulardas | R.2020/464 |
PAVOS | ||||
2.500 | 21 kg PV/ m2 cubierta | 10 cm/ave de aseladero 100 cm2/ave lugar elevado | 10 m2 (1.000/ha) | R.2020/464 |
OCAS (GANSOS) | ||||
2.500 | 21 kg PV/ m2 cubierta | 15 m2 (667/ha) Hierba para comer | R.2020/464 | |
Disponible corriente de agua, charca o estanque (1.9.4.4.k) | R.2018/848 (Anexo II. Parte II) |
Se han marcado en rojo las novedades más destacadas respecto a la normativa anterior (Reglamente CE Nº 834/07 y 884/08).
ILDEFONSO CABALLERO LUNA
Auditor y consultor [email protected] https://linktr.ee/ildevet