Este artículo es parte de la edición de septiembre, 2018

NUEVO REGLAMENTO DE PRODUCCIÓN ECOLÓGICA DE LA UE

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El Reglamento (CE) nº 2018/848, sobre producción ecológica y etiquetado de los productos ecológicos adapta la normativa comunitaria a un sector muy dinámico, cuyo mercado crece significativamente en toda la Unión Europea y en particular en España.

El Reglamento entrará en vigor el 1 de enero de 2021 y favorecerá la armonización del modelo de producción de la Unión Europea, mejorará la competencia entre los productos europeos y los de terceros países, prevendrá el fraude y aumentará la confianza del consumidor de productos ecológicos, además de clarificar algunos aspectos técnicos. Durante los próximos dos años se redactarán los Reglamentos de desarrollo específicos de este nuevo Reglamento 2018/848.

La producción ecológica es un sector estratégico y prioritario en nuestro país que, con más de dos millones de hectáreas, lidera la producción ecológica en la UE y es el cuarto del mundo.

 

Novedades del Reglamento

Se amplía el ámbito de aplicación de la producción agrícola ecológica a nuevos productos – sal, corcho, cera de abeja, yerba mate, capullos de seda, gomas y resinas naturales, aceites esenciales, algodón y lana sin cardar y peinar, o preparaciones vegetales tradicionales a base de plantas -. También aborda nuevas normas de producción para conejos, cérvidos y aves.

Fomenta los circuitos cortos de distribución y las producciones locales en la UE, refuerza el concepto de “producción ligada a la tierra” y promueve el uso de nuevos materiales de reproducción vegetal ecológicos, así como de razas de animales con un alto grado de diversidad genética, resistencia a las enfermedades y longevidad. Incluye la posibilidad de que los pequeños productores europeos puedan acogerse a la certificación de grupo.

Uno de los aspectos más relevantes es el establecimiento de un nuevo marco para el comercio con terceros países que, además de abordar por primera vez las exportaciones, establece como norma general que el producto importado de un tercer país ha tenido que producirse conforme a la normativa europea. Se restringe así el modelo de equivalencia al marco de un acuerdo comercial.

En España, los términos “ecológico”, “biológico” y “orgánico” quedan reservados para la producción ecológica regulada en el Reglamento.

 

La producción de huevos ecológica desde 2021

El Reglamento prohíbe la producción animal sin tierra si quien cría animales ecológicos no gestiona una superficie agrícola y no tiene un acuerdo de cooperación escrito con un agricultor para el uso de unidades de producción ecológica o en conversión para dichos animales. Al menos el 30 % de los piensos procederá de la propia explotación o en colaboración con otras unidades de producción ecológica o en conversión y operadores que utilicen piensos y materias primas para piensos procedentes de la misma región. A la ración diaria se añadirán forrajes bastos, forrajes comunes frescos o desecados, o forrajes ensilados. No se utilizarán aminoácidos sintéticos.

La luz natural podrá complementarse con medios artificiales para obtener un máximo de 16 horas de luz al día, con un período de descanso nocturno continuo sin luz artificial de ocho horas al menos. No se permitirá albergar en un único compartimento de un gallinero más de 3.000 gallinas ponedoras.

La norma define además las condiciones de recogida, transporte, envasado y almacenamiento de los alimentos ecológicos.

El logotipo identificativo de los productos ecológicos de le UE se mantiene como hasta ahora.

 

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