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SUSCRIBIRSEEste artículo es parte de la edición de abril, 2017
En los intercambios comerciales de productos avícolas con países de la Unión Europea se aplica la normativa comunitaria de actuación ante la influenza aviar. Solo se restringen los envíos desde las zonas afectadas, las incluidas en las comunicaciones oficiales sobre compartimentación.
Con los países terceros, sin embargo, la situación se complica, ya que cada Estado de la UE mantiene negociaciones comerciales bilaterales para exportación y fija las condiciones sanitarias de los envíos. Numerosos países que importan productos de empresas españolas incluyen en el certificado sanitario preceptivo para los envíos la condición de que España sea un país libre de influenza aviar. En estos casos el certificado queda automáticamente sin efecto tras la declaración de un brote, lo que obliga a negociar de nuevo con el país importador para que acepte los envíos desde zonas no afectadas por la enfermedad -una vez definidas esas zonas por el país afectado, lo que se conoce como “regionalización”-.
Los responsables del Gobierno de España están manteniendo una intensa actividad y contactos con autoridades de sanidad animal de todo el mundo para recuperar la normalidad de las exportaciones -salvo para las áreas o regiones afectadas-. Se ha conseguido con Israel para los huevos, y Hong Kong, dos destinos muy importantes en estos momentos. Otros países como Irak y Turquía mantienen restricciones parciales. Puede verse la situación actualizada en la web del MAPAMA.