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SUSCRIBIRSEEste artículo es parte de la edición de junio, 2015
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2015/796 DE LA COMISIÓN de 21 de mayo del 2015 por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CE) no 798/2008 con respecto a la entrada relativa a los Estados Unidos en la lista de terceros países, territorios, zonas o compartimentos desde los cuales están permitidos la importación en la Unión o el tránsito por esta de determinadas mercancías de aves de corral, debido a la aparición de nuevos brotes de influenza aviar altamente patógena en dicho país.
Diario Of. de la UE Nº 127, del 22-5-2015
A la vista de los brote del virus de influenza aviar aparecidos en los Estados de Missouri, Arkansas, Kansas, Montana, Wisconsin, Iowa, Dakota del Norte y Dakota del Sur, las autoridades de Estados Unidos han presentado información actualizada sobre la situación epidemiológica y las medidas adoptadas para evitar la propagación del virus, que la Comisión Europea acaba de evaluar. Sobre la base de la misma y de las garantías proporcionadas por EE.UU., se procede a modificar la prohibición de introducir en la UE determinadas mercancías con objeto de abarcar total o parcialmente los Estados mencionados