Recibe Selecciones Avícolas en versión impresa
SUSCRIBIRSEEste artículo es parte de la edición de junio, 2014
REAL DECRETO 340/2014, del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, de 9 de mayo, por el que se establecen disposiciones en relación con la asistencia a los controles oficiales en establecimientos de producción de carne fresca de aves de corral y lagomorfos.
Bol. Of. del Estado Nº 125, del 23-5-2014
Se trata de un importante Decreto al autorizarse de ahora en adelante las condiciones y requisitos la participación, como asistentes, del personal de los mataderos que realizan esas funciones en los mataderos en apoyo de los veterinarios. De esta forma se indica que las autoridades competentes de las Comunidades Autónomas podrán autorizar que el personal de los mataderos preste asistencia en los controles oficiales, autorización que deberá comunicarse a la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición, al tiempo que velando por el cumplimiento de la legislación en este tema. El personal que ejerza como asistente deberá estar formado y cualificado, actuando con independencia del personal de producción y ejerciendo su trabajo bajo la supervisión y dirección del veterinario oficial, que será responsable del mismo, al que informará de cualquier deficiencia. Por tanto, sus actividades serán supervisadas por el veterinario oficial, quien realizará exámenes de evaluación periódicos para determinar si su trabajo se ajusta a los criterios establecidos.
También se indica que el personal actuando como asistente deberá disponer de la formación necesaria y acorde con el desempeño de las funciones específicas que le sean asignadas según su cualificación o categoría profesional. Esta RD ha entrado en vigor el día siguiente de su publicación en el BOE. 051-Legislacion-SA201406.indd 1 03/06/14 17:12