Este artículo es parte de la edición de junio, 2016

Los Seguros avícolas de puesta 2016-2017 podrán contratarse a partir del 1 de junio

Orden AAA/613/2016, de 19 de abril, por la que se definen las explotaciones asegurables, las condiciones técnicas mínimas de explotación y manejo, el ámbito de aplicación, el periodo de garantía, el periodo de suscripción y el valor unitario de los animales en relación con el seguro de explotación de ganado aviar de puesta, comprendido en el trigésimo séptimo plan de seguros agrarios combinados.

Bol. Of. del Estado nº 102, del 28-4-2016

La Orden AAA/613/2016, de 19 de abril, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), define las condiciones del seguro para las explotaciones de ganado aviar de puesta, las explotaciones asegurables, las aves asegurables -gallinas ponedoras de la especie “Gallus gallus” de más de 72 horas de edad-, las condiciones técnicas mínimas de explotación, el ámbito de aplicación, el periodo de garantía, las fechas de suscripción y el valor unitario de los animales. Asimismo, se añaden los valores máximos de compensación en caso de sacrificio y enterramiento en la propia explotación por motivos sanitarios. El periodo de suscripción será desde el 1 de junio de 2016 al 31 de mayo de 2017.

El seguro diferencia tres tipos de sistemas productivos: convencional, alternativos en suelo o campero y ecológico. En cuanto a las naves, las clasifica en Tipo 0, Tipo 1, Tipo II, Tipo III y Tipo IV.

Los ganaderos deberán eliminar, reducir o controlar cualquier situación que conlleve un agravamiento del riesgo de muerte o sacrificio de los animales, así como disponer de contenedores que posibiliten la correcta recogida de los animales. Será obligatorio que se contrate el seguro bajo el sistema de mantenimiento de cadáveres en congelación o refrigeración si la normativa de la Comunidad Autónoma en la que se encuentra la explotación así lo exige.

En caso de retirada y destrucción se cubrirán los animales muertos en la explotación del titular por cualquier causa, así como los sacrificados por decretos de la autoridad competente por un valor máximo de 600 € por enterramiento o el 20% del valor del capital asegurado a efectos del cálculo del capital asegurado por la garantía adicional de retirada y destrucción. •

camperas_fmt.jpeg

Los seguros de puesta incluyen también las granjas ecológicas de puesta siempre que estén inscritas en el REGA y cumplan la normativa vigente sobre producción ecológica.

Resolución de 15 de abril de 2016, de la Dirección General de Empleo, por la que se registran y publican las tablas salariales para el año 2016 del Convenio colectivo del sector granjas avícolas y otros animales.

Bol. Of. del Estado nº 101, del 27-4-2016

Se trata de la simple publicación del acuerdo entre las organizaciones empresariales ASEPRHUI, PROPOLLO y FEDEROVO, por una parte, y los sindicatos CC.OO. y UGT, por otra, en relación con la aprobación de las tablas salariales definitivas para el año 2016, con un aumento de las percepciones del 0,3% sobre las definitivas del 2015, con su inscripción en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.. •

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/842 DE LA COMISIÓN de 27 de mayo de 2016 por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 167/2008 en lo que concierne al nombre del titular de la autorización y al nombre comercial de un coccidiostático.

Diario Of. de la UE nº 141, del 28-5-2016

Este Reglamento solo se refiere a la solicitud de cambio del coccidiostato Kokcisan 120G, para pollos de engorde, presentada por la empresa KRKA d.d., de Eslovenia, para ser sustituido por el nombre de Huvesal 120 FG, de la empresa Huverpharma EOOD, de Bulgaria.

Este cambio no implica ninguna modificación en los términos de la autorización y este Reglamento ha entrado en vigor al cabo de 20 días de su publicación en el DOUE. •

Con el apoyo de:
Categorías
En esta edición junio, 2016

Calendario de Ferias, Congresos y Cursos

Leer

Mercados avícolas

Leer

Mercados de piensos

Leer

Anuncios clasificados

Leer

Cómo financiar una mini-granja a interés “0”

Leer

Legislación Europea y Española

Leer

Otras ediciones

12 / 2022 LEER
11 / 2022 LEER
10 / 2022 LEER
09 / 2022 LEER
08 / 2022 LEER
07 / 2022 LEER
06 / 2022 LEER
05 / 2022 LEER
04 / 2022 LEER
03 / 2022 LEER
02 / 2022 LEER
01 / 2022 LEER
12 / 2021 LEER
11 / 2021 LEER
10 / 2021 LEER
09 / 2021 LEER
08 / 2021 LEER
07 / 2021 LEER
06 / 2021 LEER
05 / 2021 LEER
04 / 2021 LEER
03 / 2021 LEER
02 / 2021 LEER
01 / 2021 LEER
12 / 2020 LEER
11 / 2020 LEER
10 / 2020 LEER
09 / 2020 LEER
08 / 2020 LEER
07 / 2020 LEER
06 / 2020 LEER
05 / 2020 LEER
04 / 2020 LEER
03 / 2020 LEER
02 / 2020 LEER
01 / 2020 LEER
12 / 2019 LEER
11 / 2019 LEER
10 / 2019 LEER
09 / 2019 LEER
08 / 2019 LEER
06 / 2019 LEER
06 / 2019 LEER
05 / 2019 LEER
04 / 2019 LEER
03 / 2019 LEER
02 / 2019 LEER
01 / 2019 LEER
12 / 2018 LEER
11 / 2018 LEER
10 / 2018 LEER
09 / 2018 LEER
08 / 2018 LEER
08 / 2018 LEER
07 / 2018 LEER
06 / 2018 LEER
05 / 2018 LEER
04 / 2018 LEER
03 / 2018 LEER
02 / 2018 LEER
01 / 2018 LEER
12 / 2017 LEER
11 / 2017 LEER
10 / 2017 LEER
09 / 2017 LEER
08 / 2017 LEER
06 / 2017 LEER
05 / 2017 LEER
04 / 2017 LEER
03 / 2017 LEER
02 / 2017 LEER
01 / 2017 LEER
12 / 2016 LEER
11 / 2016 LEER
10 / 2016 LEER
09 / 2016 LEER
08 / 2016 LEER
07 / 2016 LEER
05 / 2016 LEER
03 / 2016 LEER
02 / 2016 LEER
01 / 2016 LEER
11 / 2015 LEER
10 / 2015 LEER
09 / 2015 LEER
08 / 2015 LEER
07 / 2015 LEER
06 / 2015 LEER
05 / 2015 LEER
04 / 2015 LEER
03 / 2015 LEER
02 / 2015 LEER
01 / 2015 LEER
12 / 2014 LEER
11 / 2014 LEER
10 / 2014 LEER
08 / 2014 LEER
07 / 2014 LEER
06 / 2014 LEER
05 / 2014 LEER
04 / 2014 LEER
03 / 2014 LEER
02 / 2014 LEER
01 / 2014 LEER
12 / 2013 LEER
11 / 2013 LEER
10 / 2013 LEER
09 / 2013 LEER
08 / 2013 LEER
07 / 2013 LEER
06 / 2013 LEER
05 / 2013 LEER
04 / 2013 LEER
03 / 2013 LEER
02 / 2013 LEER
01 / 2013 LEER