Este artículo es parte de la edición de mayo, 2016

Los Seguros avícolas de carne 2016-2017 incluyen los supuestos de sacrificio masivo

Orden AAA/601/2016, de 19 de abril, por la que se definen las explotaciones asegurables, las condiciones técnicas  mínimas de explotación y manejo, el ámbito de aplicación, el periodo de garantía, el periodo de suscripción y el valor unitario de los animales en relación con el seguro de explotación de ganado aviar de carne, comprendido en el trigésimo séptimo Plan de Seguros Agrarios Combinados.

Bol. Of. del Estado nº 101, del 27-4-2016

Publicada esta Orden definiendo las condiciones del seguro para las explotaciones de aves para carne, se definen como explotaciones asegurables las de pollos de la especie “Gallus gallus”, las de pavos de la “Meleagris gallipavo” y las de codornices de la “Coturmix japónica”-. Asimismo, se establecen los supuestos de muerte masiva y compensación por kilo de retirada y se indica que el periodo de suscripción será desde el 1 de junio de 2016 al 31 de mayo de 2017.

Estos valores están sujetos a la Guía de Buenas Prácticas sobre Bioseguridad en la Recogida de Cadáveres de las Explotaciones Ganaderas aprobada por la Comisión nacional de subproductos de origen animal no destinados al consumo humano (SANDACH).

Destacamos las anotaciones referentes a la obligación de los ganaderos de eliminar, reducir o controlar cualquier situación que conlleve un agravamiento del riesgo de muerte o sacrificio de los animales, así como disponer, al inicio de las garantías del seguro, de contenedores que posibiliten la correcta recogida de los animales. Según la Comunidad Autónoma en la que se encuentre la explotación será obligatorio que se contrate el seguro bajo el sistema de mantenimiento de cadáveres en congelación o refrigeración.

En el caso de retirada y destrucción se cubren los animales muertos en la explotación del titular por cualquier causa, así como los sacrificados por decretos de la autoridad competente.

En caso de siniestro indemnizable, el valor se estipula multiplicando el precio establecido por la gestora que realiza el servicio por los kilos retirados. Asimismo, se establece un límite máximo del 10% sobre el valor unitario para el caso de pérdida de producción por muerte masiva aplicado a broilers, pollos de crecimiento lento, pavos y codornices. También se han añadido los valores de indemnización por pérdida de producción por Salmonella, siendo del 50% sobre el valor del animal y del 20% sobre el valor de la pérdida de producción autorizada para broilers, estipulándose un valor máximo de 600 € por enterramiento o el 20% del valor del capital asegurado. •

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