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SUSCRIBIRSEEste artículo es parte de la edición de enero, 2013
Real Decreto 1528/2012, del Ministerio de la Presidencia, de 8 de noviembre, por el que se establecen las normas aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano.
Bol. Of. del Estado nº 277, de7-11-2012
Aunque avanzada ya la noticia en el número anterior de SELECCIONES AVÍCOLAS, en base a lo acordado en Consejo de Ministros del pasado 8 de noviembre, al haber aparecido luego este RD en el BOE, ofrecemos seguidamente un resumen del mismo.
El RD es un largo documento -28 páginas- que se refiere concretamente a los subproductos animales y los productos derivados no destinados a consumo humano, “Sandach” en la terminología oficial de la abreviatura.
Su publicación se justifica por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente -MAGRAMA- indicando que se hace preciso establecer unas disposiciones para aclarar la distribución de competencias entre las diferentes autoridades involucradas en su aplicación, estableciendo así las funciones de la Comisión Nacional de Sandach, un órgano colegiado de carácter interministerial y multidis-ciplinar que se encargará de su seguimiento, la coordinación de su ejecución y la propuesta de modificaciones para una cumplir los objetivos.
El RD hace referencia a la eliminación y los procedimientos de admisión de ciertos materiales en vertederos, plantas de transformación y plantas de biogás, así como a los programas estándar de transformación y las materias primas aptas para la producción de compost. Entre los muy variados productos que se mencionan se hallan los huevos y los derivados de estos, así como sus cáscaras, indicándose la posibilidad de emplear estas como enmienda de suelos o fertilizante e incluso como materia prima para la elaboración de productos no destinados a la alimentación humana o animal.
El RD deroga los RD 845/1987 y 1429/2003, así como varios artículos del RD 3454/2000 y ha entrado en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.